Autor Rafael Duque Naranjo
Los templos de Dios y el camposanto de los difuntos son casas de oración. Estas palabras pertenecen a los evangelios y todos sabemos que vender o negociar las cosas sagradas es caer en simonía, es tratar los bienes sagrados como si fuesen propiedad de los hombres. La palabra viene de Simón el Mago que quiso comprarle a San Pedro, el poder para imponer las manos.
Un extraño, Hernando Uribe Barrera, quiere ganarse hasta 75 millones de pesos por demandar el camposanto de Sevilla. En efecto, el forastero mencionado, oriundo de Montenegro y residenciado en Armenia, demandó en el Juzgado Administrativo de Cartago a la parroquia de San Luis Gonzaga dizque porque el camposanto de Sevilla “se encuentra ubicado en el casco urbano del municipio”.
Olvida el denunciante que el cementerio de Sevilla tiene más de 100 años de fundado por el Padre Lareu, el primer cura del pueblo; y no sólo pertenece a la parroquia, sino también al patrimonio cultural de nuestro patria chica ya que cumple con todos los requisitos de infraestructura que impone la ley civil y los cánones eclesiásticos.
El señor Uribe Barrera dice obrar en nombre de los derechos de la comunidad y a tal individuo no lo conoce la comunidad, ni ninguno de los vecinos del lugar con quienes tuve la oportunidad de conversar. La señora Marleny Torres, líder cívica del barrio situado al lado norte del cementerio nos dijo no conocer a nadie con el nombre de Orlando Uribe. Lo mismo me dijeron los dueños de la tienda de la esquina, Guillermo Campiño y su hijo, quienes hace 27 años viven en el mismo sitio.
Luz Estela Marín, propietaria de “La Ultima Estación”, nos dijo no conocer al tal Orlando, advirtiéndonos que el cementerio “absolutamente en nada nos perjudica. Muy por el contrario, todos los negocios de estos barrios, las floristerías, los que venden lápidas, las heladerías, todos vivimos del cementerio y nuestros ingresos vienen de las personas que visitan sus difuntos”.
El señor Orlando Uribe no representa a nadie de la comunidad sevillana y esta usurpando el nombre de los sevillanos sin siquiera vivir aquí y lo único que pretende es lo que manifiesta en la demanda cuando afirma que “Se reconozca, en caso de ser condenado el demandado, lo ordenado por los artículos 39 y 40 de la Ley 472 de 1998”.
- Y saben ustedes que dice el artículo 39 de la mencionada ley?
- Nada menos lo siguiente: “Artículo. 39.- El demandante de una acción popular tendrá derecho a recibir un incentivo que el juez fijará entre 10 y 150 salarios mínimos mensuales.”
Es decir, el señor Uribe Barrera gana la demanda y la parroquia tiene que pagarle a este “avivato” lo que determine el juez entre 5 y 75 millones de pesos.
Por todo lo anterior, solicito a todos los sevillanos apoyar con nuestra firma la convocatoria que está haciendo el presbítero Luis Guillermo Parra Jaramillo, lgpj.pbro@gmail.com , párroco de San Luis Gonzaga, alma noble y teólogo de las universidades pontificias de Medellín, Roma, Lille en Francia y Gaudium et Spes en Brujas (Bélgica), para impedir la inaudita acción popular, quien lo creyera, propuesta por un forastero ante el Juzgado Único Administrativo de Cartago.
El autor de este texto también recibe comentarios a sus columnas en: rafaelduquenaranjo@yahoo.es